Novedades CNJ: Paneles de Especialistas

Martes, 24 de Septiembre de 2024
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Paneles

Los paneles de jueces especialistas del Comité Nacional de Jueces (CNJ) nacieron, en su momento, con el propósito de cubrir las necesidades de especialización del colectivo para atender las demandas que las disciplinas atléticas requerían.

Estas demandas hicieron que, a lo largo del tiempo, el CNJ formase y clasificase a los diferentes jueces interesados en las distintas disciplinas en base a sus conocimientos y a las evaluaciones que fueron superando.

Con el objetivo de dinamizar los paneles y lograr mantener involucrado al colectivo en una actualización continua de conocimientos y especialización, el CNJ ha revisado y modificado las normativas referidas a los diferentes paneles de las especialidades existentes.

Novedades más destacadas:

  • En varias especialidades pasa a establecerse un Panel A con una periodicidad fijada en el tiempo.
  • En determinadas especialidades se establece un número máximo de miembros para el panel de superior nivel, con el objetivo de garantizar a sus miembros suficientes nombramientos en el período de tiempo determinado y que permita aumentar su experiencia y especialización.
  • En algunas especialidades se unifican los paneles, quedando únicamente un único panel de especialistas.
  • La permanencia en los paneles, con carácter general, estará supeditada al mantenimiento y reporte de la actividad como juez en cada especialidad durante los periodos de tiempo que cada comisión respectiva establezca.

Estos cambios conllevan también una modificación de los criterios y métodos de evaluación, avanzando en algunos casos hacia soluciones tecnológicas que permitan la evaluación a distancia de los jueces convocados.

En lo que respecta a los plazos de implementación, las normativas recientemente aprobadas entran en vigor desde el momento de su publicación en la página web del CNJ (enlace) y se establece un período transitorio que finalizará el próximo 28 de febrero dentro del cual las respectivas comisiones convocarán a los aspirantes seleccionados y/o mantendrán o revisarán los paneles existentes en base a los criterios establecidos en sus normativas.

Las respectivas convocatorias de evaluación, cuando las hubiera, serán publicitadas entre los jueces seleccionados de los distintos paneles de especialistas, recogiéndose en ellas toda la información y criterios solicitados para la inscripción y realización de las pruebas pertinentes.